IMV Ingreso Mínimo Vital, todo lo que tienes que saber

IMV Ingreso Mínimo Vital, requisitos, documentación y solicitud

En esta entrada del IMV Ingreso Mínimo Vital, te vamos a explicar todo lo que tienes que saber sobre esta ayuda.

Requisitos:

Estos requisitos deben cumplirse al momento de presentar la solicitud, además de mantenerse durante el tiempo de la percepción de la prestación.

  1. Tener residencia en España.  De forma continuada e ininterrumpida, durante al menos un año, anterior a la presentación de la solicitud.

Excepciones:

    • Personas incorporadas a la unidad familiar por: nacimiento, adopción, guarda con la finalidad de adopción o acogida familiar permanente
    • Víctimas de trata de seres humanos y/o explotación sexual (acreditado con INFORME de servicios públicos o de servicios sociales)
    • Mujeres víctimas de violencia de género

2.  Tener la situación de vulnerabilidad económica.  El requisito se cumple haciendo un promedio mensual de ingresos y rentas anuales (del ejercicio anterior).  Este promedio, deberá ser MENOR EN DIEZ EUROS (10,00€), a la cuantía del IMV, que corresponda, según el caso que corresponda en la tabla de mas abajo.

Excepciones

  • Los salarios sociales, la rentas mínimas de inserción y las ayudas sociales de las CCAA no computan a este promedio
  • Que el beneficiario sea titular de un patrimonio (sin incluir la vivienda habitual), cuyo importe sea igual o superior a tres veces la cuantía del IMV para una persona individual.  Para el año 2020, corresponde a 16.614€
  • Las unidades de convivencia, que sean titulares de un patrimonio (sin incluir la vivienda habitual) valorado en un importe igual o superior, según la tabla de mas abajo
  • Cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia, que sea administrador de derecho de una sociedad mercantil. Si quieres saber las reglas de cómputos de ingresos y patrimonios, al detalle, puedes hacer clic aquí (web de la seguridad social)
  • El IMV es incompatible con la percepción de asignación económica, como hijo menor o menor acogido a cargo, sin discapacidad o con ella, menor al 33%, sin perjuicio de ejercer el derecho de opción por una de ellas.

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3. Haber solicitado pensiones y prestaciones a las que puedan tener derecho, exceptuando RMI (rentas mínimas de inserción), salarios sociales, ayudas asistencias sociales de las CCAA

4. Estar inscritos como demandantes de empleo, en el caso de no estar trabajando (mayores de edad o menos emancipados)

Documentación

En cada caso, los requisitos son varios, siendo los mas comunes, los siguientes:

  • DNI del titular de la solicitud y de los miembros de la unidad de convivencia, en el caso de ciudadanos españoles.  Documento de identidad o pasaporte en el caso de ciudadanos extranjeros.
  • Residencia legal en España, que se acredita mediante la autorización de residencia o, en su defecto, con la inscripción en el registro central de extranjeros.
  • Certificado de empadronamiento, donde deberán constar todos los miembros empadronados en el domicilio
  • Libro de familia, en el caso de ciudadanos españoles o extranjeros nacionalizados o, en su defecto, certificado del Registro Civil que demuestre la filiación de las personas de la unidad de convivencia
  • La documentación específica, para cada caso, podrás consultarla en el enlace de la seguridad social, haz clic aquí

Solicitud

La solicitud la podrás realizar, a partir del 15 de junio de 2020.

Las solicitudes registradas hasta el 15 de septiembre de 2020, tendrán carácter retroactivo, al 1 de junio de 2020.

Este es un proceso completamente online, no hay oficinas abiertas de la seguridad social para presentar la solicitud.

Si deseas, te lo gestionamos nosotros, buscaremos todo lo que te hace falta presentar, lo escaneamos todo, adjuntamos los archivos y te lo presentamos online.  Contacta con nosotros, en éste enlace

Finalmente, te facilitamos el enlace del Simulador del IMV*, de la web de la seguridad social,  donde, de una forma muy sencilla, podrás saber lo que podrías percibir, haz clic aquí

*El simulador del IMV es solo un servicio informativo de la seguridad social, para presentar formalmente tu solicitud, deberás realizar el proceso online.

O, si prefieres, te acercas por nuestras oficinas y calcularemos juntos, lo que te puede corresponder.

*Fuente de información: web de la seguridad social 

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